Discriminación e igualdad
La discriminación es una práctica cotidiana que consiste en dar un trato desfavorable o de desprecio inmerecido a determinada persona o grupo, que a veces no percibimos, pero que en algún momento la hemos causado o recibido.
Hay grupos humanos que son víctimas de la discriminación todos los días por alguna de sus características
físicas o su forma de vida. El origen étnico o nacional, el sexo, la
edad, la discapacidad, la condición social o económica, la condición de
salud, el embarazo, la lengua, la religión, las opiniones, las
preferencias sexuales, el estado civil y otras diferencias pueden ser
motivo de distinción, exclusión o restricción de derechos.
Los efectos de
la discriminación en la vida de las personas son negativos y tienen que
ver con la pérdida de derechos y la desigualdad para acceder a ellos; lo
cual puede orillar al aislamiento, a vivir violencia e incluso, en
casos extremos, a perder la vida.
Para efectos de
la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, se entenderá
por esta cualquier situación que niegue o impida el acceso en igualdad a
cualquier derecho, pero no siempre un trato diferenciado será
considerado discriminación.
Por ello, debe
quedar claro que para efectos jurídicos, la discriminación ocurre
solamente cuando hay una conducta que demuestre distinción, exclusión o
restricción, a causa de alguna característica propia de la persona que
tenga como consecuencia anular o impedir el ejercicio de un derecho.
Algunos ejemplos claros de conductas discriminatorias son:
1.- Impedir el acceso a la educación pública o privada por tener una discapacidad, otra nacionalidad o credo religioso.
2.- Prohibir la
libre elección de empleo o restringir las oportunidades de acceso,
permanencia y ascenso en el mismo, por ejemplo a consecuencia de la
corta o avanzada edad.
3.- Establecer
diferencias en los salarios, las prestaciones y las condiciones
laborales para trabajos iguales, como puede ocurrir con las mujeres.
4.- Negar o
limitar información sobre derechos reproductivos o impedir la libre
determinación del número y espaciamiento de los hijos e hijas.
5.- Negar o
condicionar los servicios de atención médica o impedir la participación
en las decisiones sobre su tratamiento médico o terapéutico dentro de
sus posibilidades y medios.
6.- Impedir la
participación, en condiciones equitativas, en asociaciones civiles,
políticas o de cualquier otra índole a causa de una discapacidad.
7.- Negar o condicionar el acceso a cargos públicos por el sexo o por el origen étnico.
Es importante
mencionar que las personas con discapacidad, adultas mayores, niñas,
niños, jóvenes, personas indígenas, con VIH, no heterosexuales, con
identidad de género distinta a su sexo de nacimiento, personas
migrantes, refugiadas, entre otras, son más propensas a vivir algún acto
de discriminación, ya que existen creencias falsas en relación a
temerle o rechazar las diferencias. No obstante, debemos estar
conscientes de que las personas en lo único que somos iguales, es en que
somos diferentes.
Fuente: http://www.conapred.org.mx/index.php?contenido=pagina&id=84&id_opcion=142&op=142
Fuente: http://www.conapred.org.mx/index.php?contenido=pagina&id=84&id_opcion=142&op=142
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